Fecha de inicio de la convocatoria:
18/12/2008
Fecha de fin de la convocatoria:
30/12/2013
Introduccion:
Estos incentivos serán de aplicación a aquellos proyectos o actuaciones empresariales que tengan por finalidad el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía y que contribuyan a la creación y/o al mantenimiento del empleo estable.
Beneficiarios:
Empresas, especialmente PYMES, con establecimiento operativo en Andalucía, o vayan a establecerse en ella en base al proyecto que presentan, así como agrupaciones o asociaciones de empresas, y fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial.
Quedan expresamente excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier agrupación de personas físicas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo proyectos, etc.
Salvo para proyectos de I+D+I, quedan excluidos los proyectos de producción primaria (cultivo) de productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado CE (si están incluidos los proyectos de transformación y comercialización), y los proyectos pertenecientes al sector pesquero y acuícola.
Igualmente, salvo para proyectos de I+D+I, estarán excluidos los proyectos de empresas pertenecientes a los sectores del transporte, la industria del carbón, siderurgia y fibras sintéticas.
En todo caso, estarán excluidos los proyectos de empresas en crisis, las cuales deberán de regirse por lo dispuesto en la Orden de empresas viables con dificultades coyunturales.
Conceptos Subvencionables:
Tipología de los proyectos:
Dentro de cada una de las modalidades previstas, se establecen las diversas categorías generales donde se ubicarían los proyectos, concretándose estos de manera más específica en subcategorías que aparecen definidas de modo detallado en el Anexo I de la Orden que establece las bases reguladoras.
- Creación de Empresas (incluidos también los nuevos establecimientos empresariales promovidos por empresas ya existentes)
- Modernización de Empresas: mejora sustanciales en productos, procesos o servicios, organización o modelo de negocio.
- Cooperación Competitiva de las Empresas: promover la innovación, y, en consecuencia la competitividad y la productividad de las empresas, mediante actuaciones basadas en la cooperación entre las empresas y dirigidas a la creación de nuevos productos o mejoras de estos, procesos, desarrollo tecnológicos y servicios.
- Innovación, Desarrollo e Innovación (I+D+I)
Modalidades de los incentivos:
1.Incentivos a fondo perdido.
2.Incentivos reembolsables.
3.Bonificaciones de tipos de interés.
4.Préstamos participativos.
5.Aportaciones al capital social por Invercaria.
6.Préstamos con fondos del Banco Europeo de Inversiones.
7.Bonificaciones de las comisiones de avales de préstamos avalados por Sociedades de Garantía más la contribución del 5% del importe total de dicha garantía al Fondo de Provisiones Técnicas.
8.Avales.
El porcentaje del incentivo concedido dependerá de la categoría a la pertenezca el proyecto, pudiendo incrementarse este porcentaje si el proyecto se incluye a su vez dentro de alguna de las diferentes subcategorías existentes, viéndose favorecidos aquellos que incorporan actuaciones en materia de responsabilidad social corporativa, planes de igualdad entre hombre y mujeres, o que se trate de proyectos promovidos mayoritariamente por jóvenes (menores de 35 años) y/o mujeres. En ningún caso los incentivos superarán el 50% de los conceptos subvencionables con carácter general, y el 60% en el caso de las inversiones realizadas por pequeñas empresas.
Conceptos de inversión y gastos objeto de incentivación:
Se incentivarán inversiones tanto en activo material como inmaterial, incluidos terrenos, construcciones y naves, así como un amplio catálogo de gastos, esto último especialmente en lo que se refiere a las PYMES.
Se establecen incentivos a fondo perdido a favor de pequeñas empresas innovadoras creadas en los últimos 5 años, y destinados a cubrir los gastos directamente relacionados con la creación de la empresa (jurídicos, asesoría, consultoría y administración), así como los costes siguientes, generados desde la fecha de solicitud del incentivo y hasta un máximo de dos años (alquiler, leasing, costes salariales, cotizaciones sociales, intereses de financiación externa, gastos de suministros de energía, agua y calefacción, gastos administrativos e impuestos, excluido IVA y otros impuestos directos sobre el beneficio o la renta)
Tramitación:
Plazo de la solicitud y presentación:
Desde el 18 de diciembre de 2008 hasta el próximo 30 de diciembre de 2013.
Las solicitudes junto con la documentación requerida para cada supuesto deberán formularse telemáticamente con los medios electrónicos disponibles conforme al modelo que encontrará en el siguiente link:
www.juntadeandalucia.es/innovacion-cienciayempresa
Orden de 9 de diciembre de 2008, para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía, se efectúa su convocatoria para los años 2008 a 2013 (BOJA núm. 249 de 17 de diciembre de 2008)
Orden de 28 de septiembre de 2009, por la que se modifica la de 9 de diciembre de 2008 (BOJA núm. 201 de 14 de octubre de 2009)