Boletín CEC  Prevención de Riesgos Laborales          Número          2                         

 

 

TEMAS

Jurisprudencia

Formatos para la Gestión

Artículos Técnicos

Preguntas y Respuestas

Entrevista

Legislación

 

 

 

Jurisprudencia

 

*       El acoso moral no debe confundirse con los conflictos y enfrentamientos laborales.

 

*       El atraco en las Cajas de Ahorro es un riesgo laboral.

 

*      Accidente mortal de un trabajador al descargar y limpiar un vagón de RENFE. Falta de medidas de seguridad y procedimientos de avisos y coordinación obsoletos.

 

*      Falta de formación por parte de una Empresa de Trabajo Temporal. La entrega de manuales no debe ser entendida como una formación adecuada.

 

 

 

Formatos para la Gestión

 

*      Recursos Preventivos. El recurso preventivo es una figura que se encarga de vigilar el cumplimiento de la ley de prevención bajo determinadas circunstancias que hacen el trabajo especialmente peligroso y vela porque este trabajo se realice de forma segura. Debe poseer una formación en prevención mínima de nivel básico y conocimientos suficientes en la tarea a ejecutar. Los trabajadores deberán ser informados de la presencia de los recursos preventivos. Las actividades para las que es necesaria la implantación de un recurso preventivo vienen especificadas en el artículo 22 bis del Real Decreto 39/1997. (Formatos I y II).

 

*      Acta de Constitución del Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud es un órgano de representación tanto de los trabajadores como de la empresa donde se abordan todos los temas relacionados con la prevención de riesgos laborales. Es necesario constituirlo en aquellas empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 trabajadores o más. Estará constituido  por  delegados de  prevención y representantes de la empresa en igual número. Podrán participar con voz pero sin voto los Delegados Sindicales, los responsables técnicos de la prevención en la empresa, técnicos de prevención de servicios de prevención ajenos y aquellos trabajadores de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano. (Formato III).

 

*      Evaluación de Riesgos. La evaluación de riesgos es la herramienta fundamental en la que se basa la gestión de la prevención de riesgos laborales junto con la planificación de la actividad preventiva. La evaluación de riesgos consiste en verificar las deficiencias o peligros que se presentan en la actividad de la empresa. Normalmente los riesgos vienen determinados en función de dos variables: la probabilidad de que el riesgo se materialice y el daño o severidad que puede llegar a producir su materialización.  Es necesario realizar una evaluación de riesgos inicial y cada vez que cambie alguna de las condiciones iniciales o se hay producido un accidente de  trabajo. También se realizarán evaluaciones periódicas. (Formato IV).

 

*      Planificación Actividad Preventiva. La planificación de la actividad preventiva es, además de la evaluación de riesgos, la otra herramienta en la que se basa la gestión de la prevención de riesgos laborales. Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgos, el empresario deberá adoptar medidas encaminadas  para eliminar o reducir esos riesgos. Estas medidas se planificarán incluyendo en esa planificación  el plazo para llevarlas a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. (Formato V)

 

*      Formación. La formación viene recogida en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales como un derecho fundamental del trabajador y una obligación del empresario. Esta formación debe ser teórica  y práctica, suficiente y adecuada en materia preventiva, de forma inicial en el momento de la contratación o cuando se realicen modificaciones al proceso productivo que la hagan necesaria. Será específica del puesto de trabajo, tendrá en cuenta la evaluación de riesgos y se realizará de forma periódica cuando  sea necesario. Se impartirá siempre dentro de la jornada laboral o en otras horas pero con el descuento de aquellas invertidas en la formación. El coste no recaerá nunca sobre los trabajadores. (Formato VI)

 

 

Artículos Técnicos

 

*      Extintores Portátiles. Equipos de protección contra incendios. Uso, tipos de extintores, etc.

 

*      Silicosis. La Enfermedad Profesional causada por la inhalación de polvo. Prevención y Medidas.

 

*      Manipulación manual de cargas. Lesiones asociadas. Medidas a implantar para evitar su aparición.

 

 

 

Preguntas y respuestas

 

*      ¿Qué tipo de responsabilidad puede llegar a tener un empresario en materia de prevención de riesgos laborales?

 

*      ¿Cuándo es necesaria la elaboración de un Estudio de Seguridad y Salud para una obra de construcción?

 

*      ¿Cuándo es necesario un Plan de Montaje, Utilización y Desmontaje para un andamio?

 

*      ¿Qué requisitos deben cumplir las empresas de construcción para poder realizar su actividad conforme a lo dispuesto en el nuevo marco legislativo de la Subcontratación en Obras de Construcción?

 

 

 

Entrevista

 

*      Entrevista a D. Francisco Gago, gerente de la empresa constructora Arcoteja, S.L. en Arcos de la Frontera.

 

 


Legislación (Sector Construcción)

 

*      Real Decreto 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

 

*      Real Decreto 1627/1997  de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

 

*      Ley 32/2006  de 18 de octubre reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción y Real Decreto 1109/2007 de 24 de agosto por el que se desarrolla la Ley 32/2006

 

*      Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Cuadro de texto: Para poder consultar cualquier otra legislación relativa a prevención de riesgos laborales visite el siguiente link.

www.mtas.es/insht/legislation/index.htm